domingo, 3 de julio de 2016

Caso práctico CÁNNABIS

Caso práctico CANNABIS.

Se trata de un caso real, pero los datos que aparecen del paciente no son reales, solo aproximados para salvaguardar la confidencialidad. Explico cuál fue mi actuación en el ámbito de la consulta de atención primaria, aunque por supuesto hay otras posibles intervenciones.

Viene a la consulta un chico de 16 años, que consulta por crisis de ansiedad, algo que ya le ha ocurrido en varias ocasiones.
Dice que no tiene alergia  a nada y no tiene antecedentes personales ni familiares de interés.
Estudia y no falta a clase de forma habitual.
En el interrogatorio refiere que consume cannabis y alcohol, algo en lo que profundizaremos en la entrevista, y dice que no consume otras drogas.
Fuma cannabis de forma casi diaria, más el fin de semana, y en ocasiones por  las mañanas y estando solo.
Bebe cerveza, ocasional entre semana y el fin de semana.






Un breve recordatorio de efectos y riesgos del consumo de cannabis (1, 2)

              EFECTOS                                                                     RIESGOS
Depresor
Alucinógeno (algunos tipos de marihuana)
Risa
Estimulación de la creatividad
Intensificación de las sensaciones
Relajación
·         Afecta la atención y la coordinación.

·         Afecta la memoria y la capacidad de aprendizaje escolar. Genera problemas de rendimiento.

·         Aumenta el riesgo de padecer un accidente de tránsito o laboral.

·         Provoca bajadas de tensión.

·         Puede provocar paranoias y ataques de ansiedad).

·         El consumo suele ir  asociado al tabaco, a largo plazo puede aumentar el riesgo de problemas respiratorios y cardiovasculares, y diversas formas de cáncer.

Plan de actuación:

1-. Valorar el riesgo del consumo:

-Mediante el ASSIST, como ya he referido en una entrada anterior;  para cannabis y alcohol;
-O si esta implicado el Cánnabis podemos realizar el CAST




-También podríamos realizar el AUDIT para valorar el riesgo consumo alcohol.

Le realizo el CAST, y sale una puntuación de 6 (fuma antes del mediodía, a veces solo, con preocupación por parte de su familia por su consumo, y se ha peleado habiendo consumido cannabis); por tanto hay una puntuación de alto riesgo de abuso de cannabis.
Si le realizase el ASSIST la puntuación sería de 24 (Riesgo moderado) para el cánnabis y de 9 para el alcohol (Riesgo bajo).
El chico también me dice que en alguna ocasión, “pocas”, ha fumado cánnabis y luego  ha cogido el coche; un dato muy importante aunque no se valore en el test.

2-. Valorar si el paciente tiene un discurso de cambio o un discurso de mantenimiento; es decir, en que fase se encuentra.

3-. Explorar su entorno: familia, amigos …: Nos dice que algunos de sus amigos fuman cánnabis, pero no todos.

Al final de la entrevista le explicamos al paciente que sus crisis de ansiedad pueden deberse al cánnabis, y que tras hacerle el test su puntuación indica un alto riesgo de consumo de cannabis y que el riesgo para su salud aumenta si bebe y coge el coche.

Exploro la posibilidad de derivarle a un centro especializado, pero dice que no, que él “no esta tan mal como otros”.

Él está preocupado por si se lo decimos a sus padres; se le explica que la entrevista es confidencial.
Recordemos que la ley 41/2002 (3) señala que en la asistencia sanitaria no es preciso el consentimiento de los representantes legales en los menores que han cumplido 16 años.
Una excepción: Si la  actuación médica conlleva “grave riesgo”, según el criterio del médico, los padres podrán ser informados y su opinión tenida en cuenta para la posterior toma de decisión.
Este grave riesgo es un criterio médico, no jurídico; y no lo veo fácil de definir.

Observo que tiene un discurso de mantenimiento, y nos comenta que le gusta fumar cánnabis porque le relaja y le permite integrase más fácilmente con sus amigos.

Pactámos:

-Le haré unos análisis,

-Se le explica que las crisis pueden disminuir si elimina o disminuye el consumo

-y le doy información sobre los efectos del cánnabis y de reducción de riesgos asociados a su consumo:

  • Intenta NO combinar cánnabis y alcohol. El cánnabis y el alcohol juntos pueden provocar fácilmente hipotensión, náuseas y malestar. Si te ocurre, vete a un lugar tranquilo y bebe o come alguna cosa dulce.
  • Si te presionan para consumir y no quieres di con firmeza: "No quiero", “Paso” . Consumir no es una obligación y puedes irte con otra gente.
  • Intenta pasar más tiempo con gente que no consume. Si siempre estás cerca de gente que consume, puedes dar por hecho que consumir es normal.
  • Si comes cánnabis no se puede controlar la dosis ni sus efectos. Puede tardar horas en hacer efecto. 
  • Si consumes en grupo, es aconsejable que haya una persona que no consuma y que se haga responsable de que no se consuma más de la cuenta.
  • Intenta no consumir en caso que tengas personas a  tu  cargo, sobre todo menores y seas la única persona adulta de referencia.
  • No conduzcas si has consumido. Utiliza el bus, metro, taxi...

Evolución del caso:

Los análisis salieron bien. El paciente sigue fumando, pero menos, han desaparecido las crisis de ansiedad y ya no fuma antes de conducir.

CONCLUSIONES PROPIAS:

-El consumo de cánnabis no suele ser una causa frecuente de consulta, sino los efectos indirectos que provoca, es decir los efectos que provoca en la salud: insomnio, ansiedad…

-Es importante valorar el riesgo para la salud del consumo; ASSIST o CAST.

-Si existe un bajo riesgo para la salud se recomiendan dar mensajes de reducción de daños.

-Si hay un alto riesgo para la salud se recomienda proponer derivar a un centro especializado.

-En situación de riesgo intermedio se recomienda dar mensajes de reducción de daños y hacer entrevista motivacional para realizar intervención o consejo breve. Recordemos que en el 2015 un estudio realizado en atención primaria (4) donde comparan la eficacia de la intervención breve ligada al ASSIST  con el consejo breve,  concluye que ambos son igual de eficaces para disminuir el consumo de drogas durante un máximo de 6 meses.


BIBLIOGRAFIA



3 Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. BOE número 274, de 15 de noviembre de 2002. 

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